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Derecho Mercantil: ¿Qué trámites debo saber para mi empresa?

Todos desde pequeños tenemos sueños que esperamos cumplir en algún momento, uno de ellos constituir una empresa para trabajar para nosotros y no para un tercero, pero cuando somos adultos nos encontramos con una realidad, no conocemos qué trámites necesitamos para tener nuestra empresa.

No saber lo que se necesita para tener una empresa es una situación más común de lo que podríamos pensar, por lo que los interesados terminan recurriendo a las plataformas digitales para ello, pero con tantas fuentes disponibles y todas con información diversa, es casi imposible conocer cuál de ellas es la correcta.

Para que los interesados en tener su empresa no sigan sufriendo con esa búsqueda, en este artículo vamos a contar cuáles son los trámites que deben saber para su empresa, los que deben gestionar, a fin de constituirla y ponerla a funcionar lo más pronto posible.

Si eres uno de los interesados en tener una empresa, te invitamos a leer este artículo hasta el final, ya que toda la información que aquí te diremos te servirá de mucho para su constitución.

Antes que nada, te recomendamos que en tu empresa consultes con abogados mercantiles barcelona que te ayuden con lo que necesites a nivel legal.

Trámites de derecho mercantil que debes conocer

1. Certificar que el nombre de la empresa esté disponible

Antes de constituir una empresa o sociedad es necesario verificar que no haya otra con el mismo nombre que el que tú deseas colocarle, por lo que tendrás que solicitar el certificado inscribiéndolo ante el Registro Mercantil.

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Para que el proceso sea más rápido, en el Registro Mercantil hay una bolsa abierta al público donde se puede confirmar de forma expedita los nombres con los que se registraron otras sociedades.

La inscripción de un nombre ante el Registro Mercantil es válida durante unos seis meses, después de ese tiempo otras sociedades pueden solicitar utilizarlo porque el certificado ya no valdrá.

2. Certificar el aporte mínimo de capital requerido

Una vez que se tiene el certificado del nombre de la empresa, puedes proceder a realizar el aporte mínimo que se necesita para la constitución de la misma, que en el caso de una Sociedad Limitada es de 3.000 euros; 60.000 euros para una sociedad anónima o un 25% del capital social mínimo; pero si se trata de un emprendedor de responsabilidad social limitada o un autónomo individual, estos no tendrán que hacer ningún aporte.

3. Crear los estatutos de la empresa y formalizar su constitución

Después, lo que tienes que hacer es la escritura de todos los estatutos que conforman la constitución de la empresa, incluyendo toda la información sobre ella como el capital de inversión, datos de tus socios, quién será el administrador, entre otros.

4. Solicitar el Código de Identificación Fiscal (NIF)

También vas a necesitar tramitar el Código de Identificación Fiscal (NIF) de forma provisional, el cual te será útil mientras obtienes la documentación definitiva de tu empresa, y lo debes hacer ante la Agencia Tributaria solicitando una cita para ello.

5. Inscribir la empresa en el Registro Mercantil Provincial

Es necesario también que hagas la inscripción de la empresa en el Registro Mercantil para que tenga plena capacidad jurídica, lo cual tiene que hacerse en la provincia donde está domiciliada la misma.

Este trámite debe hacerse en el Registro Mercantil en donde se encuentra la sociedad. Tienes que verificar la documentación necesaria, ya que esto depende de si es una sociedad anónima o limitada.

6. Obtener el NIF definitivo

El siguiente paso es hacer el trámite del NIF definitivo ante la Agencia Tributaria, lo cual debes hacer con la presentación del modelo 036, y que tendrá como plazo máximo para la presentación de documentos un mes después de haber constituido la empresa sin personalidad jurídica.

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7. Pago de Impuesto de Actividades Económicas

Las nuevas empresas también deben hacer el pago de la tasa municipal de Actividades Económicas, quedando exentas aquellas que se dediquen al área agrícola, pesquera o ganadera, entre otras.

Este impuesto tienen que pagarlo todas las empresas que no estén exentas, y se abona aunque no realice su actividad en el ámbito local.

8. Realizar la declaración censal

Deberás tramitar este documento para otorgarla a la Agencia Tributaria tus datos personales, cumpliendo con el modelo 036, el cual debes presentarlo ante la Delegación de la AEAT, aunque también lo puedes hacer por vía telemática.

9. Afiliar a la empresa en la seguridad social

Te corresponde como empresario afiliar a tu empresa a la seguridad social y a los trabajadores que contrates y que no estén dados de alta.

10. Obtener la licencia de apertura y actividad

Esta licencia la debes tramitar ante la municipalidad donde está la empresa, ya que sin ella no podrás hacer ningún tipo de actividad comercial, industrial o de servicio, en un establecimiento o local.

Con este documento se confirma que la empresa tiene las condiciones en sus instalaciones para funcionar.

11. Dar a la empresa de alta ante el Registro de Establecimientos

Casi para finalizar, tendrás que dar de alta a la empresa ante el Registro de establecimientos que se hace por comunidades, pero si tu empresa se dedica a actividades industriales o de servicios, debes registrar el establecimiento donde se hará su actividad.

12. Comunicar la apertura de la empresa en los centros de trabajo

Y para finalizar, deberás informar mediante una comunicación a la Dirección General de Trabajo la apertura de la empresa, que dependiendo de la comunidad tendrás que hacerlo mediante un registro electrónico.

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